Como perseguir a los defensores de los Derechos Humanos y el Ambiente usando el Sistema de Administración de Justicia



Por Antonio Gustavo Gómez, fiscal general ante la Cámara Federal de Tucumán, Catamarca y Santiago del Estero, del Ministerio Público de la Nación Argentina.

Cuando los defensores de derechos humanos sienten temor de cuestionar los reportes acerca de las transgresiones y los déficits que observan, esto afecta a la sociedad en su conjunto. Los litigios estratégicos contra la participación pública (SLAPP) tienen exactamente ese efecto: Pueden imponer en ocasiones multas significativas y sanciones penales, con la consecuente intimidación de los/as defensores/as de derechos humanos y detener su tarea de dar luces sobre temas críticos. Es nuestra responsabilidad compartida prevenir que SLAPPs minen el derecho de todos a saber.

Michelle Bachelet, Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU

Los slapps, traducido en términos jurídicos y vernáculos, son los juicios que se inician desde el sector empresarial o desde el gobierno de turno para silenciar a los defensores del ambiente y los derechos humanos. En una traducción más literal son “bofetadas al demandado por atreverse a hablar”.

En Argentina no hay estadísticas particulares sobre este tipo de acciones, pero alguna mirada similar puede verse en el juicio que la minera El Desquite –subsidiaria argentina de Meridian Gold– inicia contra seis vecinos de Esquel que se oponían a la pretensión de la empresa de instalar una mina de oro. La demanda era por difundir información confidencial de la empresa y lucía como una represalia luego de un referéndum popular donde el 81% de la población votó contra el proyecto minero.

En perspectiva podemos incluir a los periodistas que difunden en los medios donde laboran, las noticias que molestan tanto al Poder Económico como al Poder Político. Sin dudas que se necesita una complicidad evidente del Sistema de Administración de Justicia en la gran mayoría de los casos. Y no es necesario mayores esfuerzos ya que para amedrentar, es suficiente con iniciar un juicio por calumnias e injurias en cualquier tribunal penal o por daños y perjuicios en uno civil. Tampoco es imprescindible que la causa llegue a sentencia.

Antecedentes legislativos 

Muchos países han incorporado legislación antislapp. Algunos con características locales –equivalente a nuestras leyes provinciales– como es el caso de especial énfasis en el procedimiento administrativo como el caso de la Columbia Británica en Canadá o en los Estados Unidos donde 31 Estados ya tienen legislación específica en la materia. Otras son solo un proyecto que busca su sanción como ocurre en Colombia donde entre sus fundamentos claramente se menciona que

El acoso judicial o litigioso es una forma de abuso del derecho a litigar especialmente encaminada a la intimidación de periodistas, medios de comunicación, defensores de derechos humanos, entre otros actores de la sociedad civil con capacidad de difusión e incidencia en la opinión pública, con la intención de silenciar temas de interés público para la ciudadanía”.

Incluso en la Unión Europea se debate hoy y se ha lanzado recientemente una Consulta para sancionar una Directiva AntiSLAPP. La iniciativa tiene como objetivo proteger a periodistas y defensores de derechos humanos en juicios estratégicos contra la participación pública (SLAPP). Y no menos importante es el caso de Filipinas que fue incluido en el propio Reglamento de la Corte Suprema de Justicia para Casos Ambientales.

Propuestas AntiSLAPP

Necesitamos leyes antislapp. Por su carácter esencialmente procesal pueden ser sancionadas –además del Congreso Nacional– por las legislaturas provinciales. Y me atrevo a sugerir algunos contenidos que no son otros distintos a los que rigen a nivel internacional.

a) En su contenido debe establecerse claramente la prohibición de demandas SLAPP.

b) Debe sancionarse a las empresas que lo intenten sean con multas o prohibiciones expresas de contenido administrativo.

c) Se debe Facultar a los jueces a que sean desestimadas in límine si se detecta el objeto de amedrentar referenciado. Una alternativa puede ser exigir un arbitraje previo a la iniciación de la demanda con carácter de participación facultativa para los demandados si es que éstos consideran que son objeto de SLAPP.

d) Resultaría deseable, además, que se establezca la obligación de comunicar este tipo de demandas a los inversores o accionistas de las empresas que lo intenten sea que lo hagan en nombre propio o por filiales, sucursales o simplemente testaferros.

e) Brindar patrocinio legal a las personas u organizaciones no gubernamentales que sean víctimas de SLAPP.

f) Hacer saber a las empresas que peticionen ante el Estado que deberán abstenerse y comprometerse a no utilizar SLAPP u otras formas de acoso judicial para amedrentar la participación pública.

g) Las empresas de seguros que contraten deben imponer en sus cláusulas que no financiarán juicios SLAPP cuando estos sean detectados.

h) Proponer que los códigos de ética de los Colegios de Abogados establezcan sanciones para garantizar que las SLAPP no sean intentadas, estipulando que los letrados que utilicen estas tácticas abusivas enfrentarán al Tribunal de Disciplina enfrentan sanciones y sanciones.

i) Proponer a los Colegios de Abogados que ofrezcan, pro bono, el patrocinio jurídico para entablar demandas contra las empresas para reparar el daño causado por las SLAPP. Con demasiada frecuencia, las empresas implicadas en abusos contra los derechos humanos no enfrentan las consecuencias reales de sus demandas SLAPP.

j) Ofrecer desde el Estado capacitaciones para identificar SLAPP y para organizar comunidades alentándolas a hacer valer sus derechos mediante acciones legales.

k) organizar cursos de formación y sensibilización de abogados y magistrados para informarles sobre las tácticas de SLAPP.

Definitivamente los países de América Latina necesitan contar con un instrumento tan valioso porque el índice de homicidios donde las víctimas son los defensores del ambiente crece de modo muy preocupante, de un año a otro.

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Fernanda Andrea Sanchez
Coordinación general y periodística

Martín Zevi
Coordinación del Dpto. Audiovisual

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