El Norte Grande solicita «una definición racional de humedales compatible con la producción sustentable»



En el marco de la gira que los Gobernadores del Norte Grande llevan adelante en Estados Unidos, los mandatarios provinciales emitieron un comunicado en donde remarcaron la «importancia de sancionar una ley de humedales», pero aclararon que deber haber «un equilibrio que garantice el desarrollo sostenible, sosteniendo las actividades productivas».

Luego de semanas de incendios en el Delta, marchas en Rosario y manifestaciones frente al Congreso, finalmente se busca avanzar en el dictamen de un proyecto unificado para la ley de Humedales.

El proyecto de ley de protección de humedales puso en alerta al sector empresario minero, desde donde, sin medias tintas, afirman que la actividad puede frenarse con la iniciativa que está en discusión en la Cámara de Diputados de Nación.

Salta, al igual que Catamarca y Jujuy, conforman el denominado Triángulo del Litio, que es la zona minera de mayor potencial en Argentina para la extracción de ese mineral. El litio, para la región norte del país, representa la gran oportunidad y puede significar una salida a la histórica postergación de una de las regiones más pobres de la Argentina.

Presupuestos que solicitan los gobernadores del Norte Grande para garantizar la conservación de los humedales y el desarrollo sostenible:
  • Ratificamos que el dominio originario de los recursos naturales les corresponde a las provincias y no hay ninguna provincia que abdique de la responsabilidad de la conservación  de sus humedales y los servicios ecosistémicos que prestan. Es nuestra responsabilidad conservar y encontrar un equilibrio que garantice el desarrollo sostenible, sosteniendo las actividades productivas, que son estratégicas en nuestra región. De otra manera se favorecerán procesos de inequidad territorial, poniendo en riesgo actividades económicas que son fundamentales para el bienestar de los argentinos y para la transición climática.
  • Ninguna ley debe establecer definiciones y disposiciones que signifiquen la prohibición a las actividades productivas realizadas en forma sustentable que hoy generan trabajo, ingresos y oportunidades de desarrollo local a nuestras provincias.
  • La ley debe focalizarse sobre los humedales naturales, no en los derivados de la acción antrópica.
  • Debe respetarse en tal sentido, que corresponde a las provincias la potestad de realizar sus  inventarios y deben ser ellas las que en coordinación con Nación elaboren el inventario nacional.  Lo mismo debe suceder con los ordenamientos territoriales de humedales. 
  • Ninguna ley debe establecer moratorias que generen una paralización  a las actividades productivas, ni a las actuales ni a los proyectos en desarrollo, ya que todos los proyectos que tengan lugar en humedales deben atravesar los correspondientes procesos de evaluación de impacto ambiental establecidos por las provincias. 
  • El Fondo de humedales no debe ser inferior al 0,3 % del presupuesto nacional. Dicho fondo debe integrarse en el próximo presupuesto,  para garantizar que las provincias puedan cumplir con las disposiciones de la ley.
  • La distribución de los recursos de ese Fondo a las provincias debe realizarse con criterios objetivos, claros y justos. Asimismo, deben llegar a las jurisdicciones en la etapa inicial de aplicación, lo cual no obsta que posteriormente las jurisdicciones deban rendir cuenta de su uso y cumplir con condiciones. Los condicionamientos iniciales a la transferencia de fondos, ralentizarán los procesos en las provincias.
  • Cualquier órgano consultivo que se incluya en una ley debe garantizar la participación de todos los sectores directamente involucrados en la gestión de humedales. Dicho órgano debe ser de carácter consultivo, no reemplazará ni suplirá, burocratizará la toma de decisiones por parte de las autoridades. Ni deben representar estructuras administrativas adicionales.
  • Consolidación del COFEMA como ámbito de articulación interjurisdiccional para la coordinación de la implementación y aplicación efectiva de la ley.
———————–
Fernanda Andrea Sanchez
Coordinación general y periodística

Martín Zevi
Coordinación del Dpto. Audiovisual

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *